martes, 24 de febrero de 2009

Proceso Ordinario...

El Derecho Procesal Agrario comprende el llamado Proceso Ordinario, el cual dicho sea de paso como en otras materias resulta más extenso y conlleva una serie de etapas procesales que en otros procesos no son aplicables y además le permite al juez de esta instancia hacer de su conocimiento de asuntos relativos a juicios posesorios, de posesión, de mejor derecho, nulidad de títulos, usucapión agraria, extinción de derechos reales agrarios, así como acciones confesorias y negatorias e incumplimiento contractual de la empresa agraria.

Dicho proceso se rige en principio por lo dispuesto por su normativa especial, sea la Ley de Jurisdicción Agraria, no obstante, en lo que esta resulte omisa se debe aplicar de manera supletoria lo dispuesto para el ordinario civil en el Código Procesal Civil.

Es importante señalar que en el ordinario agrario, se promueve la oralidad dentro del desarrollo del proceso de ahí que la mayor parte del trámite sea de manera oral en concurrencia con los principios procesales de celeridad, concentración e inmediatez.

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