miércoles, 18 de febrero de 2009

Medidas Cautelares...

En cuanto al tema referente a las medidas cautelares es importante señalar que estas constituyen potestad del juez que propende a asegurar la futura ejecución de sentencia, y más específicamente en materia agraria las medidas cautelares buscan proteger la propiedad agraria en cuanto al desarrollo de la actividad agraria la cual podría verse influenciada o afectada en virtud de un proceso en sede agraria.

Dentro del conjunto de medidas cautelares se encuentran las medidas cautelares típica y atípica, siendo las últimas las que reflejan de manera directa la discrecionalidad, la cual tal y como se indicó en el foro debe atender la necesidad de proteger la ejecución de la futura sentencia, además al igual que en otras ramas del Derecho se requiere la concurrencia de la apariencia de buen derecho y peligro en la mora, como elementos necesarios para la determinación de una medida cautelar, ya sea típica o atípica.

Los Tribunales Agrarios de nuestro país acuden de manera supletoria a lo dispuesto por el Código Procesal Civil, de forma tal que en primera instancia la normativa aplicable para la interposición de medidas cautelares en este tipo de proceso, es la Ley de Jurisdicción Agraria de conformidad con el Capítulo de segundo, supletoriamente de acuerdo a lo consignado en el la normativa procesal civil.

No hay comentarios:

Publicar un comentario