viernes, 3 de abril de 2009

Proceso Interdictal...

El proceso interdictal en sede agraria utiliza las disposiciones establecidas para el interdicto civil; y al igual que en este ambos procesos pretenden brindar una protección jurídica eficaz y oportuna a quien ostente la posesión del bien inmueble del cual se trate.

Debe recalcarse que únicamente es factible discutir en dicho proceso sobre lo atinente a la posesión y por ningún motivo puede la pretensión versar sobre la propiedad en sí, por cuanto no existe competencia para discutir sobre dicha temática en esta vía.

Además, es importante rescatar que la competencia del interdicto la ostenta el juez o el Tribunal del lugar en el cual se encuentre localizado la propiedad, siendo tal competencia improrrogable. Así mismo, se faculta a las partes a la interposición de las siguientes excepciones procesales previas: la falta de competencia, falta de capacidad, defectuosa representación, indebida acumulación de pretensiones, prescripción, falta de legitimación y caducidad.

Así las cosas, el proceso interdictal agrario reviste gran importancia en el tanto propende a proteger la posesión válida y comprobada en aquellos fundos que detenten la actividad agraria.

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